El Congreso de los Diputados aprobó el 14 de noviembre la Ley de Eficiencia Judicial, que permitirá tramitar delitos de ocupación ilegal de viviendas mediante juicios rápidos. Esto supone un avance significativo en la lucha contra la okupación, ya que los procedimientos podrán resolverse en un plazo estimado de 15 días.
La reforma del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal incluye ahora estos casos entre los delitos menos graves susceptibles de esta vía rápida, como ya ocurre con hurtos y robos. Una vez detenido el infractor, el juez deberá citarlo en un plazo de 72 horas, y el juicio concluiría en menos de un mes, con sentencia incluida.
Limitaciones y críticas
Aunque la medida ha sido bien recibida, expertos como José Ramón Zurdo, de la Agencia Negociadora del Alquiler, advierten de que la intervención de servicios sociales en casos de okupas vulnerables podría retrasar los desalojos. Además, la normativa no abarca a los «inquiokupas», quienes evaden pagar alquiler aprovechando la lentitud de los procesos civiles.
Desde la Agencia Negociadora del Alquiler proponen una solución administrativa, como un registro público de contratos, que permita a las fuerzas de seguridad actuar sin necesidad de un largo trámite judicial.
Impacto en los juzgados
El aumento de estos casos podría generar colapsos en los juzgados, según Jesús Manuel Martínez Caja, de AMADEI. Aunque la medida es un paso adelante, su efectividad dependerá de su implementación y de las reformas complementarias necesarias para abordar todos los tipos de okupación.
Este cambio plantea nuevas expectativas y desafíos en la gestión de la okupación en España.
Fuente informativa: articulo de Idealista.com publicado 20 de Noviembre de 2024